Muchos son los clientes que desde hace mucho tiempo nos trasladaban su idea de montar pequeñas actuaciones en vivo en sus restaurantes, cafeterías, bares, terrazas, etc. Esta idea, desde nuestro punto de vista siempre ha sido muy buena y atractiva ya que este tipo de eventos siempre, de una manera o de otra va a hacer que aumente la clientela, se consuma mas en el local y con toda seguridad fidelizan a un cliente que por ejemplo solo va a comer, se acaba tomando una copa y con mucha probabilidad acabará cenando en el establecimiento, lo que hace sin duda que la facturación de los establecimientos aumente.
NUEVAS POSIBILIDADES DE INCREMENTAR LAS VENTAS DE TU NEGOCIO DE HOSTELERÍA
Hasta ahora, pese a que algunos establecimientos venían desarrollando este tipo de eventos, no se tenía cobertura legal y pese a que la música nunca llegó a irse de los bares, los establecimientos que tenían este tipo de actuaciones siempre estaban sujetos a que en algún momento se recibiera una denuncia vecinal, o a que en una inspección rutinaria bien la Policía Local o bien cualquier otro inspector pudiera parar la actuación e imponerle la correspondiente sanción administrativa, multa correspondiente e incluso el cierre del establecimiento en caso de reincidencia.
Desde finales del 2018, la Junta de Andalucía mediante el Decreto 155/2018, ha modificado el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos en Andalucía. Esta es la norma que define todas las actividades tipo bares, restaurantes, etc, y mediante este decreto del 2018, las redefine adaptándolas a la realidad actual y a las demandas de hosteleros, vecinos y ciudadanos de manera que en este texto se pretende aunar los intereses de todos los actores relacionados con estos asuntos.
En referencia al tema que nos trata, indicar que incorpora la modalidad de concierto de pequeño formato en establecimientos tipo bares, restaurantes etc lo que abre la posibilidad de realizar este tipo de actuaciones tan demandadas por los negocios de hostelería de manera totalmente legal y que sin duda va a relanzar la actividad de los mismos en un entorno tan competitivo y en el que busca la excelencia y dar respuesta a la demanda de los clientes.
El decreto de la Junta de Andalucía, pone en manos de los Ayuntamientos la tramitación y autorización de este tipo de eventos y les da un plazo de 18 meses para adaptar las ordenanzas correspondientes.
El Decreto deja la puerta abierta a otro tipo de acciones muy interesantes para los negocios de hostelería tales como la instalación de equipos de reproducción sonora, música en vivo en terrazas y veladores, etc. La casuística es muy variada por lo que si están interesado en conocer la situación de tu local te invito a que contactes con nosotros sin ningún tipo de compromiso.
Este decreto regula otra modalidad que muchos clientes vienen demandando desde hace mucho tiempo y son los foodtrucks o camiones de comida callejera. Este asunto es desde nuestro punto de vista es muy interesante por lo que lo trataremos en profundidad mas adelante o si tienes interés puedes contactar con nosotros igualmente.
En FG INGENIERÍA, somos expertos en obtención de licencias de aperturas, y todo lo relacionado con las mismas en Málaga, así que te confirmamos que en Málaga ya está operativo este procedimiento para lo cual es necesario:
• Que tu local disponga de licencia de apertura o declaración responsable en vigor (bares, restaurantes, cafeterías) .
• Presentar memoria técnica justificativa
• Presentar medición acústicaSi estás interesado en realizar en tu negocio este tipo de actividades o te falta algo para poder tener todos los permisos no dudes en contactar con nosotros.




